miércoles, 31 de octubre de 2012

LA REFORMA LABORAL QUE SE QUIERE IMPONER EN MEXICO, NI SIQUIERA TIENE EN SU CONTENIDO LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR. MARCELINA BAUTISTA NOS ENVIA CARTA PRESENTADA A LOS SENADORES

EN MEXICO, EL "CENTRO DE APOYO Y CAPACITACION PARA EMPLEADAS DEL HOGAR" (CACEH) QUE LA REPRESENTA NUESTRA COMPAÑERA MARCELINA BAUTISTA, ENVIAN CARTA A LOS SENADORES

En Mexico se esta imponiendo una "Reforma Laboral", como algunos la denominan "Mounstruosa", en la que ni siquiera se ha plasmado a las Trabajadoras del Hogar con perspectiva de genero y otros derechos.
 
Nuestra compañera Marcelina Bautista, integrante de nuestra Red, envia una carta con un gran contenido a los Senadores, la misma que la puden ver lineas mas abajo:


  México, Distrito Federal, a 16 de octubre de 2012                                         

SENADORAS Y SENADORES

La siguiente presentación es fruto de un trabajo colectivo de análisis y discusión de las distintas organizaciones de Trabajadoras del hogar en México, dedicadas a la atención y defensa de los derechos humanos laborales de este sector.

Motivo por el cual  hemos analizado los tres artículos de 13 establecidos en el Capitulo XIII Titulo Sexto en trabajos especiales de la Ley Federal del Trabajo

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, presentada con carácter preferente el primero de septiembre del presente año por el Presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa, aprobado el día 28 de septiembre por la Cámara de Diputados misma que ha sido remitida a la Cámara de Senadores para su debate.

No dirigimos a ustedes para expresarles nuestra profunda indignación que en   debate de este tema hayan marginado nuevamente a nuestro sector de sus derechos constitucionales, al querer reglamentar solo para las trabajadoras de planta las horas de descanso y no de trabajo, siendo la inmensa mayoría trabajadoras de entrada por salida que pasa con ellas?

Son las trabajadoras del hogar quienes realizan un trabajo remunerado con horarios interminables y sin embargo, no cuentan con la protección de sus derechos ni el reconocimiento de su trabajo. Por eso consideramos discriminatorio, excluyente y sin perspectiva de género la iniciativa aprobada en la cámara de diputados.       

Porque no sólo carece de las prestaciones sociales si no que tampoco se armoniza con las normas internacionales que establecen un trabajo decente y la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de las mujeres.

Varios países de Latinoamérica  ya han hecho posible en sus normas el establecimiento de los derechos de las trabajadoras del hogar  e incluso han ratificado el convenio 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las trabajadoras del hogar.

En la práctica, a pesar de no estar reglamentado para las trabajadoras del hogar, actualmente su derecho a ocho horas de trabajo se respetan por algunos empleadores y empleadoras así como su derecho al descanso los sábados y domingos, por ello creemos muy necesario se contemple además de estos derechos también los siguientes que se retoman de la Propuesta del PRD que recoge las demandas de nuestro gremio.

Propuesta del PRD.

Se proponen los siguientes cambios en beneficio de los trabajadores y trabajadoras del sector, empezando por nombre del título que se denominaría "Trabajadoras y Trabajadores del hogar" con el objeto de dignificar este trabajo. Así, incluye una disposición que establece las modalidades más comunes de este tipo de trabajo, sin exclusión de cualquier otra modalidad que pudiesen convenir las partes. Se integra a la ley la jornada máxima de ocho horas diarias, con dos días de descanso por semana con goce de sueldo; la asignación de un salario mínimo profesional como base, que determinará la Cámara de Diputados a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades. Adicionalmente se reconocen en forma expresa prestaciones básicas como las vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, derecho a la seguridad social y aguinaldo.

Consecuentemente el patrón está obligado a darles de alta en el seguro social.

También se hace expresa la obligación de considerar los alimentos y la habitación, aparte del salario en efectivo,  para el cálculo del salario integrado, del cual se derivara el pago de las prestaciones. Asimismo se considera como una obligación del patrón la vigilancia de la integridad física, emocional y sicosexual de la persona trabajadora del hogar, incluyendo al universo de las personas trabajadoras de este sector en las disposiciones que las protejan del abuso y/u hostigamiento sexual, violación y violencia.

Se establece la obligación de que los alimentos destinados a la persona trabajadora del hogar sean de la misma calidad y cantidad de los destinados para el patrón.

Se estipula, de igual modo, una prestación adicional en tiempo y dinero destinado a la instrucción básica de las personas trabajadoras del hogar.  Por último, en caso de que el patrón desee que el trabajador o la trabajadora desempeñen sus actividades uniformadas, deberá proveerle de la ropa necesaria sin costo alguno para ésta.

Nuestra organización exhorta al Senado de la República la revisión de la iniciativa laboral para reglamentar apropiadamente para contribuir a garantizar un trabajo dingo para las trabajadoras y trabajadores del hogar de nuestro país.

Agradecemos su atención

Poniéndonos a sus órdenes para cualquier información.

ATENTAMENTE:

Marcelina Bautista Bautista
Presidenta del Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar CACEH

lunes, 29 de octubre de 2012

LA "GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS SINDICALES" SE SIGUE DIVULGANDO COMO HERRAMIENTA DE ACCION SINDICAL

EN ARGENTINA SE CONTINUA PRESENTANDO LA "GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS SINDICALES"

Nuestro apreciado compañero Edgardo Meneghello, sostuvo una inportante reunion en ANSES (Administracion Nacional de la Seguridad Social), con los delegados de los gremios SECASPI (Sindicato de Empleados de la Ex Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria), APOPS (Asociacion del Personal de los Organismos de la Seguridad Social), UPCN (Union del Personal Civil de la Nacion) y ATE (Asociacion de Trabajadores del Estaca); asimismo, el Grupo de Calidad de la misma ANSES en donde se presento y comento la GUIA, obteniendose un compromiso por parte de los comparecientes de fomentarla y ponerla en practica, como tambien la posibilidad de realizar algunas jornadas para todos los trabajadores.  Buen trabajo Edgardo.
 
Presntamos una fotografia con parte de los participantes.








 

sábado, 27 de octubre de 2012

"CRIMEN SOCIAL" EN ARGENTINA - REFORMA PRO EMPRESARIAL DE LAS ART

MAS NOTICIAS SOBRE EL "CRIMEN SOCIAL" EN ARGENTINA. REPORMA PRO EMPRESARIAL DE LAS ART.

NOTAS ENVIADAS POR NUESTRO MAESTRO CARLOS ANIBAL RODRIGUEZ

Carlos Anibal Rodriguez, nos envia varias publicaciones sobre este denominado "Crimen Social" que esta ocurriendo en Argentina, al pretender reformar la legislacion de las ART. Aqui la informacion recibida:

PRENSA OBRERA (especial para ARGENPRESS.info)

El proyecto de ART -el cual tiene media sanción- que se debate a partir del miércoles 24 en Diputados, está calcado de la ley 24.028 dictada en el ’91. Diversos fallos de la Corte Suprema establecieron, luego, que el trabajador podía apelar a la Justicia laboral después de haber recibido la indemnización de la ART si se consideraba perjudicado. El nuevo proyecto violenta estos fallos, porque establece, en términos excluyentes, una u otra vía.

Según la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) se registran, en promedio, unos 650.000 infortunios laborales anuales. Otro 35% proviene de accidentes laborales no registrados, lo que llevaría la cifra a 900.000 accidentes anuales. Una parte importante de las acciones judiciales tienen que ver con las llamadas “enfermedades profesionales”; la SRT sólo reconoce el 20% de las realmente existentes según la OIT. Estamos hablando de más de un millón de accidentes anuales para ocho millones de asegurados.

El negocio del seguro de trabajo se ha ido concentrando: de las veintitrés ART que han quedado, diez acaparan el 90% de los asegurados. Se ha producido una absorción de ART en contra del trabajador. La competencia entre las ART es implacable: los descuentos que ofrecen a las empresas para conseguir su adhesión se manifiestan luego en una clara devaluación de las indemnizaciones que ofrecen al trabajador afectado.

El nuevo proyecto obliga al trabajador accidentado o enfermo a optar entre la tarifa pautada por estos grandes pulpos o esperar, impedido de trabajar, el resultado de un juicio largo. Hoy se amontonan centenares de miles de juicios, en tanto las indemnizaciones son inferiores a los montos de los juicios laborales. Se establece un sistema nuevo para el cálculo de las remuneraciones tanto de las ART como de los propios juicios, llamado Ripte, el cual no tiene como base indemnizatoria el salario actualizado -con los aumentos, adicionales y beneficios que se cobraban al momento de producirse el accidente-, sino un índice difuso, trimestral, que sólo contempla las remuneraciones sujetas a los aportes provisionales -en un país donde el pago no remunerativo es generalizado. Se busca que el trabajador desista del juicio.

La burocracia sindical

La “CGT-Balcarce” ha aceptado el nuevo proyecto, pues le ofrece la posibilidad de armar su propia ART. La contradicción es clara: el sindicato debe elegir entre la defensa de los intereses de los accidentados y el interés de la burocracia que maneja la aseguradora. Si un obrero rechaza la indemnización, deberá accionar contra su propio sindicato y enfrentar represalias de la burocracia. Por otro lado, ¿quién controlará las primas de seguro que la burocracia de las ART-Mutuas cobre a las patronales? El proyecto otorga a Gerardo Martínez, por ejemplo, la posibilidad de armar una ART-Mutua en un sindicato que tiene el nivel más alto de accidentes y de muertes laborales en el país, y cuya burocracia se caracteriza por los arreglos con las patronales para que éstas hagan lo que quieran en los lugares de trabajo.
El rechazo a la nueva ley -nacional y popular- de accidentes de trabajo debe ir acompañado por el planteo de la estatización del seguro laboral, bajo un control obrero independiente de la burocracia y la posibilidad de la doble vía -cobrar la indemnización y recurrir a la Justicia.


Reforma pro-empresaria de las ART pone contenta a la Unión Industrial
Emilio Marín (LA ARENA)

Pese a las protestas de buena parte del espectro sindical y de abogados laboralistas, Diputados aprobaba ayer la reforma a los riesgos del Trabajo. La UIA de los grandes empresarios, motor de ese cambio que los favorece.

Interesante comparar la génesis y el perfil de dos leyes contrapuestas, impulsadas por el mismo gobierno: una la de medios y otra la de riesgos del trabajo. La ley de medios, 26522, surgió de una demanda de los sectores pluralistas de la comunicación, en base a los 21 puntos para una radiodifusión democrática, y fue debatida en innumerables foros. Afecta a intereses del monopolio.

La ley de reformas a las ART era votada ayer en Diputados y tenía media sanción del Senado, todo en un trámite exprés, sin debates amplios en la sociedad ni en lo sindical. Cristina Fernández hizo el primer anuncio el 1º de septiembre pasado a los popes de la Unión Industrial, en el día de la Industria y dos semanas después reunió a esos mismos personajes y a sindicalistas de la CGT Balcarce ("Gordos" y otros impresentables), donde dio detalles de la iniciativa, que el 19 de septiembre ya estaba en el Senado. El proyecto, ahora convertido en ley, es bien pro-empresario, con aspectos que lesionan los derechos de la parte trabajadora.

Antes de entrar en las cuestiones que trae aparejada la normativa, hay que decir que no cambia el mal de fondo. Las enfermedades laborales, los accidentes con miles de muertos e incapacitados, etc., vista la pobre performance de las ART desde su creación en 1995, ameritaban un giro copernicano.

Otro camino

Abogados laboralistas, diputados de origen laboral y magistrados del fuero, creen que debió encararse otro camino. Por ejemplo, anularse las ART, las mellizas de las funestas Administradores de Fondos y Jubilaciones Privadas (AFJP) con actuación en lo previsional.

El principio es el mismo: el afán de lucro empresarial donde está en juego el ahorro de un trabajador para su futura jubilación, o el cuidado de su vida y su salud mientras cumple su ciclo como asalariado activo. Las AFJP les cobraban a los empleados una alta comisión a cuenta de un futuro retiro, con pingüe ganancia. Y las ART venden un seguro a los empresarios para que éstos no se hagan cargo directamente de pagar indemnizaciones por accidentes y enfermedades laborales.

Este último negocio posibilita a las aseguradoras cobrar una prima o seguro lo más alta posible y en cambio limitar al máximo el número de enfermedades laborales. Y en todo caso pagarlas tarde, poco y en cómodas cuotas, en la llamada "renta", devorada por la inflación.

De avances en prevención de accidentes, poco y nada. Si total la vida de un obrero muerto en su puesto de trabajo está hasta hoy valuado en 180.000 pesos, según tasación del año 2010. Recién ahora será llevado a 383.000, que es uno de los "ganchos" de la reforma polémica. Se debió anular todo el sistema de ART y poner lo relativo al seguro de trabajo en la órbita de la seguridad social.

UIA coherente

El gobierno nacional eliminó las AFJP y pasó los fondos previsionales bajo control de la Anses, y en cambio impulsó la reforma a la ley de ART, preservando estas empresas privadas, incurriendo en una incoherencia.

En cambio la UIA presidida por José Ignacio de Mendiguren, como antes por Juan Carlos Lascurain y Héctor Méndez, ha sido coherente. Siempre defendió el régimen de las ART, hasta imponerlo en 1995 con la ley 24557, que entró en vigencia en julio de 1996 mediante los buenos oficios de Domingo Cavallo y Carlos Menem.

Dicha norma era parte del abaratamiento de costos y la flexibilización laboral del modelo neoliberal, y aquellos empresarios la avalaron porque de paso creaba un nuevo negocio y otra cámara adherida: la UART. En ese momento esta entidad agrupaba a 44 empresas, de las que 10 concentraban el 70 por ciento de los trabajadores cubiertos. Hoy hay 21 empresas y de éstas sólo 7 concentran el 70 por ciento del negocio (CTA, septiembre 2012). Esto evidencia la tendencia a la concentración monopólica en el rubro.

En la UART están pesos pesados como Mapfre, Berkley, La Caja, Galeno, Asociart y otras, que facturan anualmente 12.708 millones de pesos.

Esta cantidad de dinero reafirma la idea, expuesta más arriba, de que la seguridad social del Estado podría brindar perfectamente la cobertura de riesgos del trabajo sin ningún número en rojo para el fisco. Y con la ventaja de un criterio social y humanista en beneficio de los trabajadores que no caracteriza precisamente a esos grupos concentrados privados, varios multinacionales.

Doble vía

Cómo habrá sido de expoliador el régimen menemo-cavallista, continuado por gobiernos posteriores, que a partir de 2004 la Corte Suprema de Justicia comenzó a fallar en casos concretos en contra de un artículo clave de esa ley. Era el que impedía al trabajador accidentado o sus familias ir con una demanda a la justicia para obtener una reparación justa de los daños sufridos.

El alto tribunal autorizó entonces la llamada "doble vía" o "cúmulo", pese a la prohibición de ese artículo, declarado inconstitucional. El accidentado podía percibir la indemnización pagada por la ART pero también ir a Tribunales a solicitar un pago extra.

Esa posibilidad hizo que la UIA y la UART pusieran el grito en el cielo. Desde entonces siempre bloquearon la posibilidad de discutir con los gremios y el ministerio de Trabajo la ampliación de la lista de enfermedades laborales y otros asuntos relacionados con la seguridad y la higiene laboral. Este boicot hizo que en 2009 el ministro Carlos Tomada debiera firmar un decreto para modificar algunos puntos de la cuestionada ley, vía reglamentación.

Entre tanto la situación de injusticia fue morigerada por la Corte, cuyos fallos favorables a la "doble vía" fueron diez, más otros quince de tribunales inferiores. Así se llegó a una crisis que era también signo de "oportunidad" para una reforma positiva, pero en vez de eso el gobierno nacional cedió a la tentación de llegar a un arreglo con la UIA y la UART.

¿Prevención para cuándo?

En el acto del 19 de septiembre, cuando CFK anunció el envío del proyecto al Congreso estaban presentes De Mendiguren y otros popes empresarios, así como Antonio Caló, Gerardo Martínez y otros sindicalistas que avalaron la reforma pese al perjuicio que traerá a muchos de sus afiliados. Martínez es el jefe de la UOCRA, sector que lidera junto con el de los peones rurales el triste récord de siniestralidad y enfermedades laborales.

La presidenta, el ministro de Trabajo y el titular de la UIA aseguran que la nueva ley será fructífera porque terminará con "la industria del juicio". El último nombrado aseguró que el año 2012 terminará con 67.000 juicios en todo el país, aunque lo comprobable es que en 2011 fueron 57.634 (La Voz del Interior, 16/9).

Pero aún así hay que debatir si esos juicios se potencian por apetito de los asalariados y sus abogados, o si la causa de fondo lo determinan las indemnizaciones insuficientes en muchos casos y una lista corta de enfermedades laborales que dejan afuera a muchas otras.

Entre éstas, las lumbalgias, problemas óseos, cáncer, trastornos mentales y estrés.

Los defensores de la flamante ley alegan que las indemnizaciones serán aumentadas dos veces al año y que habrá un 20 por ciento de pago extra en concepto de reparación integral, un punto de vista presente en los pronunciamientos de la CSJN. También se acelerarán, supuestamente los tiempos de cobro, acortándose a sólo 15 días luego de comprobado el accidente.

Derecho vedado

Quienes critican la reforma -el cronista toma partido por esta postura- consideran que no se debió abolir la "doble vía" o "cúmulo", para que el trabajador pueda acudir a la justicia si está disconforme con la indemnización abonada por las ART. La reforma cristinista le veda ese derecho, que la Corte Suprema había autorizado.

Un segundo cuestionamiento es que en caso que el accidentado deseche el pago de la aseguradora y vaya a la justicia, su expediente se tramitará en la justicia civil y no en la laboral. El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, León Piasek, opinó que ese cambio es inconstitucional porque "no quedan dudas de que el juez natural, en casos de accidentes de trabajo, es el juez laboral" (Miradas al Sur, 21/10). También recordó que la justicia laboral es gratuita y la civil no.

La tercera objeción, de fondo, es que la reforma se centró en asuntos indemnizatorios, una vez producido el accidente laboral, y no en los criterios para asegurar una mayor prevención, que los disminuya a un mínimo de muertes e incapacidades.

¿Cuántas son esos fallecimientos? Según la consultora privada IDESA, fundada por Osvaldo Giordano, murieron 543 trabajadores en 2011. Para ATE Buenos Aires, los muertos son 1.400 en accidentes y otros 5.600 por enfermedades laborales. La polémica está servida, pero para aclararla hacen falta las comisiones tripartitas y los delegados de prevención del trabajo que, por ejemplo, planteaba el proyecto de ley del diputado Víctor de Gennaro.

La concesión del gobierno a la UIA, como los créditos del Bicentenario, parten de un supuesto errático: supuestamente alientan la producción en tiempos de crisis.
 
Marcelo Paredes (ACTA)

Mientras en la Cámara de Diputados de la Nación se trataba el proyecto oficial de reforma de la ley de las ART, miles de trabajadores y trabajadoras se congregaron en la calle para expresar su repudio. Micheli, De Gennaro y Moyano participaron del acto multitudinario.

Miles y miles de trabajadores y trabajadoras se plantaron frente a un Congreso Nacional vallado, para no permitir el abrazo simbólico, y dijeron de todas la maneras posibles: No a la ART.

Innumerables organizaciones sociales, políticas y sindicales de la CTA y CGT llenaron la avenida Entre Ríos casi hasta la avenida Belgrano para repudiar la reforma a la ley de ART que presentaron los legisladores del Frente para la Victoria.

Un proyecto de ley que sorteó el Senado en forma express y en la Cámara de Diputados lo esperaban brazos ansiosos de elevarse para aprobar la iniciativa gubernamental.

Pablo Micheli, abordado por el periodismo, a un costado del camión-escenario aseguró que "la mayoría de los trabajadores están en contra de la reforma. Lamentablemente, los diputados hacen tanta obediencia debida que se olvidan de sus orígenes”.

Similares palabras emitió Hugo Moyano al irrumpir en escena ante un revuelo de periodistas: "Esto es lo mismo que la ley Banelco, es una ley que va en contra de la salud de los trabajadores que es nuestro único capital", refiriéndose a la polémica ley de flexibilización laboral y a la tarjeta de débito con la que se pagarían las coimas según dijo un ministro, hoy ante la justicia .

También apareció en escena el diputado nacional Víctor De Gennaro, quien venía de defender en el recinto el proyecto de ley de Prevención de los Riesgos Laborales y Reparación de Daños. El proyecto de ley nacido y discutido en la CTA y que el fundador de la Central presentó en la Cámara Baja.

“Me da vergüenza ajena lo que significa este guiño a las mutuas, a los sindicalistas o sindicatos que quieren arreglar. Lo único que se logra con este proyecto es tener uno, dos, tres, cuatro, cinco años hasta que se determine la inconstitucionalidad”, manifestó a ACTA al pie del escenario.

“Se mueren cuatro compañeros y compañeras por día en accidentes de trabajo; 16 en enfermedades laborales; 20 muertes por día. Me sorprende y me duele que no se discuta esto”, dijo el legislador de la Unidad Popular (UP).

En su exposición, De Gennaro había rendido homenaje a Luis Benencio, dirigente judicial de la CTA fallecido hace un año, tanto en su apertura como en su cierre. Y lo recordó por su lucha en el Astillero Astarsa para evitar muertes en el trabajo.

El diputado de la Unidad Popular aseguró que el proyecto oficial apunta al “negocio de las ART”, que “van por el camino a los 20 mil millones de pesos en ganancias”. Por el contrario, reivindicó la gestión de los trabajadores en “el control efectivo para que no haya muertes” como aprendió de Benencio.

Finalmente De Gennaro manifestó orgullo porque "aun en esta instancia estamos discutiéndolo y defendiendo la vida de los trabajadores en la calle con esta movilización”.

A continuación comenzó el acto con un escenario desbordante de dirigentes de ambas centrales sindicales y referentes políticos de distintas fuerzas.

Abrió el acto Jorge Yacobwsky, secretario de Salud Laboral de la CTA, uno de los autores del proyecto colectivo y presidente de FESPROSA, la federación de los profesionales de la salud.

Allí Yacobwsky hizo referencia a que tras 10 años de crecimiento, los índices de mortalidad materna, infantil y laboral eran alarmantes. Comparó la vergüenza del proyecto de ley oficial de las ART con la ley Antiterrorista y denunció que la Presidenta había pactado con los bancos, con las aseguradoras y con la UIA. "Y el ministro de Trabajo tiene el descaro de decir que recién el año que viene vamos a empezar a discutir el tema de prevención", fustigó.

"Los que se dicen "nacionales y populares" bajan la cabeza frente a los dueños del poder mientras nosotros estamos en la calle con la unidad en la acción", finalizó el dirigente de la CTA.

Por último, Leonardo Fabre de APOS, uno de los sindicatos de los trabajadores del ANSES, en representación de la CGT comparó la lucha contra las AFJP con la que hay que dar contra las ART y destacó la unidad en la acción.

Mientras tanto, en el recinto de diputados se escuchaban voces que repetían estos conceptos. "Esta ley es un engendro de la UIA", decía Facundo Moyano mientras que Pino Solanas manifestaba que la ley era un vergüenza para el peronismo. “Tiene un claro y absoluto sello neoliberal”, expresó la bancada radical y los peronistas federales hablaron de la desprotección de las victimas.

Según todos los cálculos, al negocio y la muerte lo esperaban manos dispuestas a levantarse en el recinto, antes que termine la jornada. A la solidaridad y la vida, las defendían los trabajadores y trabajadoras en la calle.
 

Riesgos de trabajo: el Gobierno sigue en deuda con la gente

Por Carlos Aníbal Rodríguez Ministro De Trabajo Y Seguridad Social De Santa Fe (gobernaciOn De Hermes Binner) *

No hay salud sin un buen trabajo. Es así como las condiciones de trabajo pueden ser promotores de salud. Sin embargo, suelen también ser causa de mutilación, enfermedad y muerte.

Argentina sigue confiando el destino de los trabajadores a dos leyes: la 19.587, llamada de Higiene y Seguridad, y la Ley de Riesgos del Trabajo. La primera, producto de una dictadura militar y reglamentada por otra; la segunda, un ejemplo más de la triste herencia del neoliberalismo de los 90.

La ratificación el año pasado del los Convenios de la OIT 155, sobre seguridad y salud de los trabajadores, y el 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud de los trabajadores, hacía vislumbrar que por primera vez la democracia se iba a dar una ley que protegiera la indemnidad de los trabajadores y promoviera su salud . La masa de dictámenes de la Corte Suprema demoliendo la Ley de Riesgos del Trabajo prometía un remedio justo de fondo, no un placebo.

Esperábamos, por ejemplo, que los trabajadores pudieran defender su salud en primera persona. Recordemos que Argentina es el único país de América latina donde los trabajadores no tienen ese derecho pues no se han instaurado las formas participativas ecuménicas como los delegados y los comités de salud y seguridad en el trabajo.

En Santa Fe lo hicimos y la evaluación tripartita realizada al cabo de 3 años es demostrativa de los beneficios obtenidos.

No hemos obtenido nada salvo un proyecto de ley que sólo se preocupa de aspectos económicos (la palabra prevención no figura en el texto) y de tratar de hacer una gambeta a los tratados internacionales y otra al derecho laboral tratando de eliminar judicialidad y de evitar el fuero laboral.

Lo de las pseudomutuas no representa una novedad pues siempre pudieron constituirse.
Hemos perdido una oportunidad y lo lamento profundamente.

Prevención y reparación son dos caras de una misma moneda. Si la prevención dejara de ser declamada y se hubiesen ofrecido herramientas adecuadas mediante un proyecto de ley serio, seguramente no tendríamos que preocuparnos por la reparación ni por los juicios, tampoco por tratar de explicar a los hijos por qué su padre murió en el mismo lugar donde iba a trabajar.

Hemos perdido una oportunidad y el Gobierno sigue en deuda con los trabajadores.

*Fue también Gerente General de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo durante la presidencia de Néstor Kirchner.

martes, 23 de octubre de 2012

SE CONTINUA DIVULGANDO LA GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS SINDICALES

SE CONTINUA DIVULGANDO LA GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS SINDICALES

Como ya nos tiene habituados el compañero Edgardo Meneghello, de Argentina, nos comunica que ya se realizo el Segundo Curso Taller con el CEDER, que ya lo mencionamos anteriormente, que es un Centro de Formacion Regional, en la cual participaron 93 asistentes, de los talleres de: Gas, carpinteria, torneria, electricidad e informatica. Tambien estuvieron presentes los profesores de las especialidades mencionadas.

Lo resaltante es que hubo mucho interes de los participantes, que inclusive realizaron consultas mencionando casos particulares. Buen trabajo Edgardo.

Aqui algunas fotos del evento:

 
 
Por otro lado, el dia lunes 22 de Octubre, Edgardo desarrollo un interesante curso en la Fundacion Cervantes, que es una Universidad Privada en Argentina con convenio con otras dos Universidades, en dicho curso se trato sobre la Guia Basica de Salud y Seguridad en el Trabajo para Delegados y Delegadas Sindicales.
 
El curso desperto mucho interes y la activa participacion de los 74 alumnos que asistieron, quedando la posibilidad de incorporarla en la curricular de la Universidad.
 
Aqui algunas muestras fotograficas del curso:
 
 
 
Compañeros y compañeras, vemos que la secuela resultante del curso de Salud y Seguridad en el Trabajo, desarrollado virtualmente por la ACTRAV  - CIF de la OIT,  y en forma presencial en Lima, esta dando los frutos esperados que en algun momento lo evaluaremos por este mismo medio.
 
 
 
 
 
 
 

lunes, 22 de octubre de 2012

- ALERTA - DESPIDOS INJUSTOS EN EL SALVADOR

ALERTA - DESPIDOS INJUSTOS EN EL SALVADOR

Nuestra compañera integrante de la Red, Ana Mercedes Reyes nos informa una injusta noticia, que desde el 24 del mes proximno pasado, la Alcaldia de Soyapango efectuo un injusto y arbitrario despido de 59 trabajadores-as municipales. Los despidos fueron en forma "verbal", violentando la Ley de la Carrera Administrativa Municipal; ademas, dentro de los despidos estan los Directivos del Sindicato que los agrupa.
 
Del total de despidos, 36 son mujeres, entre ellas una compañera con cancer.  Este despido arbitrario es una evidente violacion a los Derechos Humanos, laborales y violatorio de los Convenios Internacionales N° 87 y 98 de la OIT.  Ademas de la normativa nacional como el art, 47 de la Constitucion Politica de El Salvador, que garantiza el fuero sindical para los miembros-as de las Juntas Directivas Sindicales.
 
Es nuestra obligacion solidarizarnos con estos compañeros y compañeras, y enviarles un voto solidario y de respaldo con aquella injusticia.
 
Para mayor detalles pueden ingresar a su Facebook: http://www.facebook.com/sitmusoy.soyapango?ref=ts&fref=ts
 
Aqui lagunas fotos de su activismo sindical:







CUANDO LOS EMPRESARIOS SON HOMICIDAS

ARTICULO MUY INTERESANTE, ENVIADO POR NUESTRO MAESTRO CARLOS ANIBAL RODRIGUEZ


Dos sentencias históricas de la justicia italiana tras la muerte de obreros y ciudadanos

 

CUANDO LOS EMPRESARIOS SON HOMICIDAS

 


Le Monde Diplomatique

 

El tribunal de Turín (Italia) ha emitido dos sentencias históricas que tienen proyección internacional. En ambos casos, los directivos de poderosas empresas -la metalúrgica alemana ThyssenKrupp y el grupo suizo Eternit, fabricante de materiales a base de amianto- han sido condenados a numerosos años de prisión debido al incumplimiento de las adecuadas medidas de seguridad con el resultado de la muerte de trabajadores y ciudadanos. En uno de ellos incluso por el delito de homicidio voluntario. Estas dos sentencias establecen a partir de ahora una nueva jurisprudencia en material de “accidentes laborales” en toda Europa. El abogado Roberto

 

Lamacchia formó parte de la acusación en representación de trabajadores y sindicatos y explica los elementos comunes y revolucionarios de ambas sentencias.

 

El primer veredicto, emitido el 15 de abril de 2011, condenó a 16 años y medio de cárcel al consejero delegado Herald Espenhahn, de la multinacional alemana ThyssenKrupp, por la muerte de siete obreros. Se trata de la empresa más importante de Alemania dedicada a la fundición y forja del acero, con presencia en ochenta países y 2.300 centros de producción, oficinas y centros de servicios en todo el mundo. En España la más conocida es su rama dedicada a la instalación y mantenimiento de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas.

 

El trágico accidente sucedió el 6 de diciembre de 2007 tras desbordarse un depósito de aceite que servía para enfriar las láminas de acero y que generó un incendio y explosión cuando los trabajadores trataban de retirarlo. Un operario murió en el acto y los otros seis perdieron la vida tras varios días de agonía por sus gravísimas quemaduras. Fue uno de los accidentes más graves sucedidos en Italia en los últimos años, y conmocionó a todo el país dando lugar a una campaña nacional para mejorar las medidas de seguridad en los centros de trabajo. Los trabajadores de ThyssenKrupp denunciaron entonces que los extintores y el sistema de apagado automático del incendio no funcionaban y que las medidas de seguridad en la fundición eran obsoletas, igualmente criticaron que los empleados tenían que trabajar hasta doce horas seguidas si querían conservar su puesto.

Lo más excepcional de la sentencia es que consideró a los directivos como responsables de varios delitos de “homicidio voluntario”, la primera vez que se contempla esa figura en un accidente laboral en Italia. Además de la condena al consejero delegado, la sentencia de la Corte d' Assise (un tribunal penal compuesto por jueces y jurados que decide sobre los crímenes más graves) de Turín recogió las peticiones de los fiscales en el caso de 5 de los 6 condenados: cuatro de ellos con una pena de trece años y tres meses de prisión y el quinto, Daniele Moroni, la vio aumentada de los 9 años de cárcel que pedía la fiscalía a 10 años y 10 meses. Además se impuso a la empresa una sanción de un millón de euros y no podrá recibir subvenciones estatales italianas durante seis meses. En el mismo período, ThyssenKrupp estará sometida a la prohibición de hacer publicidad de sus productos en Italia. Aunque la compañía presentó un recurso de casación al tribunal superior llegó a un acuerdo con la acusación para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones y garantizarlas independientemente de que la sentencia pueda cambiarse tras el recurso.

 

En opinión del abogado Roberto Lamacchia, la gran trascendencia de esta sentencia se debe a que “por primera vez, se condena por homicidio voluntario con 'dolo eventual' a unos directivos por un accidente laboral, es decir, se toma en consideración el conocimiento por parte de los directivos de que se estaban incumpliendo unas medidas, que ello suponía un potencial peligro para los trabajadores y, a pesar de eso, deciden seguir sin rectificar. Esto quedó demostrado mediante la existencia de documentos en los que el consejero delegado Herald Espenhahn da instrucciones para que la aplicación de las medidas de seguridad, entre ellas un sistema automático para apagar el incendio apenas se iniciara, se aplazaran para las nuevas instalaciones en la localidad de Terni y no se pusieran en marcha en esta factoría de Turín, en vías de desmantelamiento donde ya sólo había 200 de los 400 empleados habituales. No es que quisiera la muerte de los trabajadores, claro está, pero sabía de las condiciones de alto riesgo e impidió las medidas, de ahí el dolo eventual. En cambio, otros cuatro directivos fueron condenados por homicidio culposo, con menos responsabilidad, porque no estaba en sus manos decidir la intervención preventiva, no tenían el poder para decidir la instalación de las necesarias medidas de seguridad”. “ Esta consideración no tiene precedentes en Italia -añade Lamacchia-, de ahí la repercusión enorme de esta sentencia, que abre un escenario importante para otros casos similares, no sólo en Italia, sino también en otros países en cuya legislación pueda existir el dolo eventual1. Existe otra novedad de la sentencia, y es que se ha llegado a indemnizar a trabajadores que no sufrieron daño, e incluso algunos ni siquiera se encontraban en el lugar en el momento del accidente, pero que en alguna ocasión estuvieron expuestos al riesgo sin las medidas de seguridad. El auto confirma que el hecho de exponer a los trabajadores al peligro ya es un delito que debe ser castigado, aunque no haya sucedido el accidente. Se trata de una consideración que no tenía hasta ahora precedentes y que puede crear jurisprudencia”.

 

TRES MIL PERSONAS MUERTAS

 

La otra sentencia, procedente del mismo juzgado, fue dictada el 13 de febrero y condenó también a 16 años de cárcel al ex propietario del grupo suizo Eternit, Stephan Schmidheiny, y un administrador de la filial italiana, el barón belga Jean-Louis Marie Ghislain de Cartier de Marchienne. Se trató del denominado juicio del amianto en Italia y estableció el pago de decenas de millones de euros de indemnización en otra sentencia histórica.

 

Los jueces italianos, tras una investigación de cinco años, consideraron a los acusados culpables de desastre doloso y omisión dolosa de medidas de seguridad y responsables de la muerte de unas 3.000 personas en Italia, obreros o habitantes de cuatro localidades donde Eternit Italia tenía sus fábricas desde 1976 a 1986. Según la sentencia, al igual que en el caso ThyssenKrupp, se violaron las reglas de la seguridad laboral, pero ahora, además, provocaron "una catástrofe sanitaria y ambiental permanente".

 

Las indemnizaciones establecidas ascienden a 170 millones de euros. Se trata solamente de las destinadas a los ayuntamientos y regiones afectadas, a los organismos oficiales que han tenido que hacer frente a las consecuencias y a las organizaciones personadas en el proceso. A ellas se añaden las indemnizaciones que, durante más de tres horas, el juez Giuseppe Casalbore leyó destinadas a cada uno de los más de 4500 afectados, entre la emoción y las lágrimas de las víctimas asistentes a la sala y la presencia de medios de comunicación de todo el mundo. “La esperábamos desde hace 30 años”, comentó al diario Il Manifesto Romana Blasotti Pavesi, presidenta de la Asociación de familias víctimas del amianto, quien perdió cinco parientes, entre ellos su marido y su hija. “Estoy satisfecha -añadió con la cara todavía enrojecida por la emoción- pero también triste por los muertos que se podían haber evitado.. Estoy cansada, pero la batalla no ha terminado. Hay que descontaminar el área, sensibilizar a los jóvenes de que tienen que seguir adelante”.

 

El origen del proceso está en la lucha abierta por los trabajadores de Eternit de la fábrica de Casale Monferrato (en la región italiana del Piamonte) y por los vecinos de la localidad, que vieron como varios miles de sus ciudadanos enfermaron y murieron de cáncer por la exposición al polvo de amianto -también llamada asbesto- procedente de la fábrica. El relato de estos hechos fue recogido en la novela "La lana de la salamandra", de Giampiero Rossi (Ediciones GPS, Madrid).

 

Lamacchia, quien también es presidente de la sección italiana de la Asociación de Juristas Democráticos, destaca que “en el proceso quedó demostrado que el directivo de Eternit sabía de la peligrosidad del amianto y que, en un momento determinado, dio instrucciones para que no se informase de esa peligrosidad, que se debía difundir la falsa idea de que el peligro sólo se encontraba en el amianto blanco y no en el azul, que era el utilizado en la empresa. Además, también indicó que su identidad no debía aparecer como responsable de esas indicaciones”. En opinión del letrado, “se trata de una sentencia revolucionaria porque, aunque todavía no estaba en vigor en Italia la prohibición del amianto, el directivo empresarial ya sabía que su uso podía provocar cáncer y no tomaron las medidas adecuados ni informaron a los trabajadores y población”.

 

Las organizaciones sindicales y ecologistas celebraron que la justicia italiana reconociese las exigencias de las víctimas, lo cual abre el camino para que se atiendan reclamaciones similares en otros países de la Unión Europea y del resto del mundo. La expectación creada fue tanta debido a que los procesos por contaminación por amianto se están desarrollando en numerosos países. Al juicio -el mayor del mundo sobre el amianto- asistieron abogados de numerosas nacionalidades: belgas, suizos, franceses, alemanes y holandeses. Su objetivo era coordinar estrategias y argumentaciones jurídicos para extenderlas a otros juicios y darle una proyección internacional. Roberto Lamacchia reconoce que “la sentencia de Turín no puede sentar jurisprudencia formal para ningún juicio en España ni en el resto de la UE, pero sus fundamentaciones pueden servir de base argumental para otros procesos”. La organización Ecologistas en Acción ha señalado que en España hay situaciones similares a la de Casale Monferrato en Sevilla, Cerdanyola (Barcelona) y en las fábricas de la empresa Uralita en Getafe y Ciempozuelos (Madrid). Concretamente sobre esta firma, el pasado mes de febrero, un juzgado de Madrid la condenó a pagar 1.727.000 euros a 23 trabajadores de sus fábricas madrileñas "por no adoptar las medidas de protección necesarias" contra la exposición y la inhalación de amianto. Eran un total de 40 los trabajadores que se habían presentado como acusación en este juicio, celebrado el 23 de enero pasado, de los que 17 han fallecido en los últimos tres años.

 

La inhalación de fibras de amianto produce dos tipos de enfermedades: asbestosis y cáncer. La primera consiste en un fibrosis intersticial difusa de los pulmones, derivada de la exposición al polvo de amianto y, por lo tanto, se presenta comúnmente en trabajadores expuestos al asbesto. Puede terminar produciendo incapacitación y muerte. El amianto fue prohibido en toda la Unión Europea en 2005 cuando entró en vigencia una directiva de 1999, la prohibición no se hizo efectiva en España hasta el año 2001. Según los cálculos de CC.OO., entre 8.000 y 10.000 personas sufrirán hasta 2030 alguna de las enfermedades causadas por esta fibra tóxica, debido al largo tiempo de latencia. Es una amenaza que se cierne sobre miles de trabajadores que durante décadas manipularon y estuvieron en contacto directo con esta sustancia. El amianto se utilizó masivamente entre los años sesenta y ochenta en millares de empresas gracias a sus excelentes propiedades como aislante.

 

Roberto Lamacchia señala los elementos comunes y de gran trascendencia en ambas sentencias. Por ejemplo la responsabilidad dolosa de los directivos debido a la ausencia de medidas de seguridad. Otro aspecto que comparten es que, en ambas sentencias, se han establecido indemnizaciones a personas que no se enfermaron o accidentaron pero estuvieron expuestas: varios trabajadores en ThyssenKrupp y todos los ciudadanos de la localidad en el caso Eternit, aunque en este último está pendiente de definir la población que se considera implicada. Por último existe otra característica común en ambas sentencias: la condena a indemnizar a los sindicatos por el daño sufrido a su imagen. Según señala el letrado, el jurado consideró que el comportamiento de los empresarios condenados vulneró el principio por el cual el sindicato se constituye para la defensa de la salud de los trabajadores. La suma de la indemnización (cien mil euros para cada uno de los tres sindicatos que se personaron) lo utilizarán para facilitar a los trabajadores información destinada a mejorar su salud laboral.

 

El que ambas sentencias hayan salido de los juzgados de Turín es debido a que, en el caso de Thyssen le correspondía territorialmente al encontrarse en esa ciudad su fábrica accidentada; y respecto a Eternit por la iniciativa del fiscal que llevó la competencia a Turín ya que, según la legislación italiana, fue el primer juzgado donde se inscribió el procedimiento, no como un caso de intoxicación por amianto, pero sí como acusación de desastre ambiental. Lamacchia también destaca que la sentencia contra los directivos de ThyssenKrupp fue emitida por un jurado popular, mientras que la de Eternit procedió de un tribunal ordinario.

 

Artículo publicado en la edición de Abril de 2012 de Le Monde Diplomatique

 

Pascual Serrano es periodista. Su último libro es "Contra la neutralidad. Tras los pasos de John Reed, Ryzard Kapuścińsky, Edgar Snow, Rodolfo Walsh y Robert Capa" . Editorial Península. Barcelona

 

1La figura de “dolo eventual” está ampliamente admitida por los tribunales españoles.

jueves, 18 de octubre de 2012

INTEGRANTES DE LA RED, REPORTAN SUS VALIOSOS TRABAJOS COMO RESULTADO DEL COMPROMISO REALIZADO EN LIMA - PERU

MUCHA ACTIVIDAD EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, POR PARTE DE INTEGRANTES DE LA RED

Me complace informar que enviaron interesante informacion respecto al compromiso asumido en la ciudad de Lima, que obviamente beneficiara a los trabajadores que representamos, asesoramos, cautelamos, etc.

DESDE MONTEVIDEO - URUGUAY

Los compañeros y compañeras: BEATRIZ COLAZZO (FFSP), HUGO SILVA (FFSP) y GERARDO FIORE (UF), todos integrantes de la Central PIT-CNT, indican que: Cumpliendo con el compromiso asumido en el encuentro de la ciudad de Lima - Peru, ya estan en campaña de DIFUSION Y APLICACION de la "GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOPS Y DELEGADAS SINDICALES", que como hemos reiterado, es un excelente instrumento de Accion Sindical en Materia de SST.


Los compañeros y compañeras del Uruguay mencionan que el miercoles 10 de Octubre realizaron la presentacion oficial  a traves de la Secretaria de Salud Laboral y Medio Ambiente y ante todos los compañeros y compañeras delegados de los deifentes Sindicatos y Federaciones integrantes de la Comision de Salud Laboral y Medio Ambiente de la Central Sindical PIT-CNT. Refieren que fueron recibidos con mucho entusiasmo y beneplacito por todos los presentes, quienes asumieron la responsabilidad de difundir la Guia, en todos los Sindicatos del pais.  Como tributo a la iniciativa, los tres compañeros y compañeras fueron designados responsables de la coordinacion de la valiosa tarea. BUEN TRABAJO COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS

Aqui algunas fotos de la campaña de difusion:


 

DESDE NICARAGUA
 
Por otro lado, nuestra querida compañera MARCELINA BAUTISTA de Mexico, nos alegra con la informacion de que en Nicaragua el dia 17 de Octubre se ratifico el Convenio Internacional de la OIT, N° 189. Y nos informa que ya son 4 paises que la ratificaron, resaltando al Uruguay por ser el primer pais que tomo la decision politica de ratificarla, siguiendole Philipinas, Islas Mauricio (Africa), y ahora Nicaragua. Esperando que el Paraguay sea el siguiente pais en retificarla.
 
Nuestra compañera Marcelina esta haciendo el seguimiento de las ratificaciones. Como representantes de los Sindicatos tenemos la gran responsabiulidad de exigir a nuestros gobiernos que ratifiquen el CI 189.  BUEN TRABAJO COMPAÑERA MARCELINA.
 
DESDE COLOMBIA
Igualmente, desde Colombia, nuestra querida compañera JUDITH SALAS, nos refiere que el Proyecto de el nuevo modelo de Salud para Colombia, mediante una ley Estatutaria N° 105 del Senado, ya fue radicada en el Senado.
 
Los Trabajadores y Trabajadoras de Colombia, aspiran que mediante movilizaciones del sector social en general )trabajadores, sindicatos,movimiento nacional de la salud, comosoc, academicos de la universidad nacional, ferguson, etc. etc. y con el apoyo de algunos Congresistas logren tumbar la ley N° 100 que data de 1993, ley retrograda y descarada que afecta a todos los trabajadores y trabajadoras, en especial a los sectores mas vulnerables. TE APOYAMOS JUDITH, Buen trabajo.
 
 
 
 
 
 
 

 
 
 

miércoles, 17 de octubre de 2012

OPINION DEL DR. CARLOS ANIBAL RODRIGUEZ, EN UNA ENTREVISTA EN ARGENTINA, RESPECTO A UN PROYECTO LEGISLATIVO DE LA ART


Tiempo Argentino - Argentina – 15 de octubre de 2012 - Pag. 16

                                                                                                                                 
"El proyecto de ART trata de impedir la litigiosidad"

Fue gerente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Analiza el proyecto de ley que debate el Congreso.

Ignacio Chausis

Carlos Rodríguez es uno de los mayores expertos en salud y seguridad del trabajo del país, especialidad que lo llevó a desempeñar diversas responsabilidades en la administración pública nacional –gerente general en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo bajo el gobierno de Néstor Kirchner– y provincial, donde hasta el año pasado estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo de Santa Fe bajo el mandato de Hermes Binner. En diálogo con Tiempo Argentino, Rodríguez expuso su visión crítica acerca del proyecto de ley que plantea modificaciones a la legislación de riesgos del trabajo.

– ¿Cuál es su opinión sobre las modificaciones a la legislación de riesgos del trabajo?

– Este país está manejado por dos leyes, una es la 19.587, de Higiene y Seguridad, elaborada por una dictadura y reglamentada por otra, y por la Ley de Riesgos de Trabajo producto del neoliberalismo. Estas dos normas no atacan ninguna de las dos cosas. O sea, la nueva norma lo que hace, por un lado, es reglamentar la mutualidad, cosa que podía hacerse de cualquier forma porque ya figuraba dentro de la ley la posibilidad de asociaciones sin fines de lucro. Y la otra es intentar resolver el problema de la accidentabilidad, pero sin intentar resolver las causas de esta. Esto es lo central. El proyecto trata de impedir la litigiosidad, pero la forma de evitarla es conocida mundialmente: que la reparación sea suficiente y oportuna.

Ninguna de estas dos proporciones se dio y entonces existe la judicialización, que no es causa sino consecuencia.

– O sea, para usted se hacía necesario ocuparse de la seguridad en el proyecto.

– Aquellos que trabajamos en prevención en líneas generales trabajamos justamente en el ataque a las causas. Realmente se ha perdido una oportunidad. Actualmente, Perú tiene mejores normas, y se trata de un país que siempre tuvo un atraso considerable respecto del nuestro. Además, lo curioso y contradictorio es que el año pasado hemos ratificado en el Parlamento los dos convenios más importantes en salud y seguridad del trabajo que tiene la OIT: el 155 y el 187; es decir, con haber seguido el eje de estos dos convenios se hacía una reforma en serio.

– ¿Qué evaluación hace de la actualización periódica de las indemnizaciones?

– Me parece muy bien, pero se podría haber hecho de cualquier forma sin tanta alaraca. De la misma forma habría que actualizar las multas por infracciones a las leyes. Lamentablemente, están reguladas por el Pacto Federal, estamos ahora con las mismas multas que hace seis o siete años atrás. Se pierde el poder disuasorio de una norma cuando las multas son ridículas respecto a la infracción.

– ¿Puede bajar la litigiosidad a partir de las actualizaciones semestrales de las indemnizaciones?

–Depende del nivel de inflación. Esperemos que sí. Igual creo que no es la única causa. Por ejemplo, hay enfermedades que no aparecen dentro del listado de enfermedades profesionales.

– Una de las mayores críticas tiene que ver justamente con la "opción excluyente" entre la vía judicial o la reparación por vía administrativa.

– Es anticonstitucional y va a traer problemas. Creo que se podría haber manejado de otra forma. Si el sistema es injusto y no es completo, va a ser muy difícil evitar la litigiosidad en un país donde no cabe duda que la vía de la judicialización es muy abierta, hay "costumbres", por así decirlo.

Soy médico, no abogado, pero creo que con esto va a haber una demora, un período de calma, y luego va a aparecer nuevamente la litigiosidad porque hacen falta soluciones de fondo.

– ¿Cómo puede cambiar el sistema con la creación de ART mutuas sin fines de lucro?

–Primero, vamos a ver si se crean mutuas, porque la posibilidad de crearlas existió siempre y nadie la utilizó. En cambio sí existen ART de origen sindical. A los sindicatos no les interesó, y fundamentalmente no les interesó a los empresarios.

En principio, lo que uno tiene que pensar es que está bajo un sistema de reparación con fines de lucro, es decir, hay gente que lucra con la sangre de los trabajadores, y esto pareciera al menos poco agradable.

Yo diría, ampliamente injusto. Fíjese los ejemplos de otros países, como Uruguay y Costa Rica. Curiosamente, los dos tienen un sistema similar, con un banco que es el Banco de Seguros del Estado, que tenía todos los seguros; luego, los dos países desmonopolizaron los seguros, los abrieron a las competencias externas y los privatizaron, todos menos los de riesgos del trabajo.

– ¿Hay casos exitosos en el mundo en lo que hace al funcionamiento de mutuas?

–Las mutuas alemanas demostraron una eficiencia enorme, que no tuvieron las malas copias que se hicieron en España y Chile.

En Alemania, las mutuas fueron la primera muestra de la seguridad social; hay que remontarse al canciller Bismark, con una norma que pervive desde hace más de 100 años. Y con una estructura de más de 4000 inspectores propios de las mutuas. Acá, en cambio, las ART ni siquiera conocen a las empresas a las que les otorgan los seguros de riesgos de trabajo. Lamentablemente, cuando usted tiene que asegurar un coche, se lo vienen a ver o lo lleva a la oficina de seguros para que analicen su estado. En materia de riesgos de trabajo, las empresas se aseguran por teléfono.