sábado, 25 de agosto de 2012

EN ARGENTINA, ANTE EL GREMIO DE COMUNICACIONES (A.A.TRA.C), UN MIEMBRO DE NUESTRA RED, IMPARTE INTERESANTE SEMINARIO SOBRE LA "GUIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS"

COMPAÑERO MENEGHELLO, INTEGRANTE DE LA RED, INICIA CAPACITACION SOBRE LA GUIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS.


En Argentina, se da un Seminario de dos dias organizado por la "Asociacion Argentina de Trabajadores de la Comunicacion" (A.A.TRA.C), dirigido para los miembros de la Comision Ejecutiva, Departamento de la Mujer y Delegados Provinciales.


El compañero Meneghello fue invitado a disertar sobre dos temas: "Derechos y Obligaciones Laborales" y "La Guia de Salud y Seguridad en el Trabajo para Delegados y Delegadas Sindicales", la misma en la que participamos en la presencial de la ciudad de Lima - Peru.

Hubo mucha recepcion e interes por los y las participantes resultando en un evento muy fructifero, quedando abierta la posibilidad de replicar un nuevo encuentro provincial, y ante la presencia del Secretario General del Sindicato organizador y a su vez Secretario  Adjunto de la Federacion Nacional, quedando latente la posibilidad de la creacion de una Red Federal de Higiene y Seguridad Laboral en la pagina oficial de la organizacion gremial.

Felicitaciones al compañero Edgardo Meneghello por tan importante contribucion por la salud y seguridad de los trabajadores de la Comunicacion.


Compañeros y compañeras, la Guia de Salud y Seguridad en el Trabajo para Delegados y Delegadas es un excelente instrumento para la Accion Sindical. APLIQUEMOSLA








martes, 14 de agosto de 2012

SE INSTALA EN EL PERU EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

EN EL PERU, SE INSTALO EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El lunes 13 de Agosto a las  16:00 hr, en la sede del Ministerio de Trabajo, se instalo el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

En representacion de la CATP, nuestra compañera Milagros A. Paz Zegarra, integrante de nuestra Red Internacional, conforma este Consejo Nacional.  Creo que esta demas decirle que tendra todo nuestro apoyo en su trabajo al interior de este importante Consejo Nacional.


Durante la Instalacion, el Ministro de Trabajo Jose Villena Petrosino, manifesto que solo en el mes de mayo de este año ocurrieron 1,739 accidentes laborales en el pais que costaron la vidsa de 6 trabajadores. De esta cifra, 719 ocurrieron en la industria manufacturera y 217 en cosntrucciones; manifesto asimismo, que las mayores afecciones estan relacionadas a los ojos y las manos. Asimismo, menciono que no se debe perder el tiempo, porque eso significa perder vidas humanas.

Como integrantes de la Red, le deseamos muchos exitos a Milagros, y que tiene un gran trabajo por delante, entre ellos la ratificacion de varios Convenios Internacionales de la OIT, en materia de Salud y Seguridad ejn el Trabajo.




jueves, 9 de agosto de 2012

URUGUAY INICIA CAMPAÑA PARA LA RATIFICACION DEL CONVENIO 169 DE LA OIT

CAMPAÑA DE RECOLECCION DE FIRMAS PARA LA RATIFICACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL 169 EN EL URUGUAY

Nuestro compañero Hugo Alejandro Silva Rodriguez, integrante de n uestra Red, nos envia estos dos importantes videos, de la campaña nacional por la Ratificacion del Convenio Internacional 169 de la OIT, que trata sobre la consulta a los Pueblos Originarios.




Alentemos a los compañeros del Uruguay en este importante paso en favor de los Pueblos Originarios. 


miércoles, 8 de agosto de 2012

LA CGT - ARGENTINA, COMPROMETIDA CON LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

IMPORTANTE AVANCE EN LA CGT - ARGENTINA EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

El compañero Edgardo Meneghello, integrante de la Red en Salud y Seguridad en el Trabajo, se reunio el dia 07 de agosto del 2012, con el Presidente de la CGT local, y miembros de la Comision Directiva, en donde Edgardo entrego formalmente y expuso ampliamente los atributos y contenidos de la "GUIA BASICA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA DELEGADOS Y DELEGADAS SINDICALES", de la SSOS, y la necesidad de aplicarlo en todas las plantas afiliadas a la CGT.

Asimismo, hizo entrega oficial y expuso la importancia en la accion Sindical de la "ESTRATEGIA SINDICAL EN SALUD LABORAL PARA LAS AMERICAS" de la CSA, que sintoniza las estrategias a nivel nacional concatenadas con el nivel global.

El resultado de esta importante reunion en la cual se evidencia un gran compromiso de los lideres de la CGT, en el Trabajo Decente, es muy saludable; consiguientemente beneficioso en la Salud y Seguridad en el Trabajo de muchos compañeros y compañeras. Los altos directivos de la CGT, se comprometieron con el compañero Edgardo Meneghello a continuar tomando atencion y enfocar el trabajo hacia la Salud y Seguridad en el Trabajo.


Felicitamos al compañero Meneghello por este importante paso dado en su Central Sindical, en donde se requiere el compromiso de los altos directivos sindicales para poder garantizar a los trabajadores buenas condiciones y medio ambiente de trabajo.

viernes, 3 de agosto de 2012

CUANDO UN EMBARAZO CIERRA PUERTAS LABORALES


El Caso de Diana, de profesión sicóloga

   
Diana Isabel Muñoz es una psicóloga que trabajaba para Medellín Solidaria, programa que, paradójicamente, fue poco solidaria con ella al suspenderle su contrato de trabajo por estar embarazada, pese al amparo que la ley establece para mujeres en estado de gravidez. Y las tutelas que interpuso tampoco obraron a su favor. Ese es el caso que hoy presentamos dentro de la serie periodística “Casos del CAL”, que no es nada diferente a muchos otros casos de mujeres que son despedidas de sus empleos cuando revelan su estado de embarazo.

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En el año 2009 la psicóloga Diana Isabel Muñoz firmó contrato laboral con Medellín Solidaria, el programa de la Alcaldía de Medellín que trabaja para mejorar las condiciones de vida de la población vulnerable, un contrato que sería renovado cada año. Ingresó como cogestora social y luego fue ascendida a coordinadora local. Así laboró hasta el 30 de noviembre de 2011, fecha en que se venció el contrato, el cual, como había sucedió un año atrás, esperaba le fuese renovado.


En efecto, la mañana de un lunes de enero de 2012 recibió una  llamada desde la CIS (Corporación Interuniversitaria de Servicios), encargada de contratar los profesionales para el programa Medellín Solidaria. La llamada era para informarle que la renovación de su contrato estaba lista y podía pasar al día siguiente a firmar. O sea que hasta ahí todo iba marchando como esperaba. Pero no iba a ser por mucho tiempo.


Ese mismo lunes en la tarde Diana se practicó una ecografía con el fin de que le diagnosticaran la extracción de unos cálculos en sus riñones. La enfermera que la examinó le comunicó, para su mayúscula sorpresa, que tales cálculos no podían ser extraídos porque había un feto.

“Así fue como me enteré de que estaba embarazada, y ya con nueve semanas de gestación”, recuerda. ¿Por qué no lo sabía? Porque sus desarreglos hormonales son frecuentes en ella, quien nunca ha tenido un ciclo menstrual normal, al punto de verse obligada a inducirlo mediante pastillas e inyecciones.


Una vez al tanto de semejante novedad, se apresuró a informarla a la CIS, para aclarar que ella estaba en cinta desde antes de que venciera la vigencia del anterior contrato, y que desconocía tal estado debido a su desorden hormonal. Le dijeron que consultarían su caso con un abogado para ver qué se podía hacer, y que entones la llamarían.


Efectivamente recibió la llamada al día siguiente, pero con la mala noticia de que ya no le renovarían el contrato. No le dieron más explicación. Presa de la angustia quiso conocer la razón, para lo cual se reunió con la coordinadora de talento humano de Medellín Solidaria, quien “se lavó las manos” aduciendo que era una decisión de la CIS sobre la cual no tenía ninguna injerencia.

Tal explicación no la encontró lógica, pues bien sabía que es Medellín Solidaria la que aprueba la renovación de los contratos, con base en las evaluaciones anuales que les hace a los funcionarios del programa; evaluación que para ella no era causa de preocupación porque nunca había tenido quejas ni llamados de atención. De hecho le dedicaba tiempo y energía extras a su trabajo, era de las primeras en llegar a la oficina y hasta pasaba los fines de semana escribiendo informes.


Además —dice indignada— no entiende por qué a la sacaron del programa mientras que a algunos de sus compañeros les renovaron el contrato, incluso teniendo éstos memorándums y llamadas de atención. Incluso a una de sus compañeras se lo renovaron no obstante haber notificado su embarazo poco después de comenzar a laborar.


Diana continuó buscando respuestas y tratando infructuosamente de hablar con su jefe. En esos ires y venires uno de sus compañeros le comentó lo que le escuchó decir a uno de los coordinadores del progama: “embarazadas no nos interesan en este momento”.


Lo irónico es que en ese momento ella, quien siempre soñó con ser mamá, y por más de seis años pagó costosas consultas y tratamientos médicos para lograrlo, ahora que iba a cumplir su sueño se sentía totalmente frustrada. Se preguntaba cómo iba a darle a su bebé todo lo que necesitaba cuando sus condiciones de vida habían empeorado. “Me quedé en el limbo”, dice.


Acude a la justicia

Uno de los buenos amigos que le quedó en Medellín Solidaria, quien conoció su situación y tenía algún conocimiento sobre legislación, le aconsejó acudir al Centro de Atención Laboral en busca de asesoría; consejo que ella de inmediato acató. Al día siguiente se presentó en el CAL, donde fue atendida por la asesora Marcela Vargas, quien le brindó toda la información y le describió claramente el proceso legal que allí seguían para casos como el suyo.

Ese mismo día se redactó una tutela solicitando el reintegro a su cargo, bajo el argumento de que “la maternidad, como creadora de vida, es una condición física y mental de la mujer que merece una especial protección”, y por tanto la cobija el principio de “estabilidad laboral reforzada”. Esto implica que la estabilidad, como principio general de carácter laboral, adquiere una connotación superior cuando la mujer se encuentra en estado de gravidez.


Así que las leyes estaban a su favor. O eso creía, hasta cuando la jueza que conoció su caso no falló la tutela a su favor. Ésta dictaminó que Diana no tenía derecho al reintegro puesto que no había informado a tiempo sus nueve semanas de embarazo.


La noticia contrarió a Diana, pero no la hizo desfallecer. Acudió nuevamente al CAL y con la asesoría de Marcela redactó una apelación, en la que incluyeron la fotocopia de la ecografía de su embarazo con la fecha respectiva, y el soporte jurídico de la Sentencia T-095 del 7 de febrero de 2008, la cual deshabilita al empleador a desvincular a una mujer gestante aunque no haya avisado sobre su condición. En esta sentencia se lee:

(…) un despido de la trabajadora embarazada, es decir, dentro del período de embarazo o dentro de los tres meses posteriores al parto, se presume que fue por causa o en razón del embarazo, a menos que quepa aplicar las causales de despido con justa causa, asunto en el cual se debe cumplir con las exigencias previstas en la legislación. Esta presunción opera también en relación con los contratos a término fijo, que por prorrogarse de modo consecutivo se equiparan a contratos a término indefinido”.

Pero otra vez la “justicia” volvió a darle la espalda a Diana. Cuando fue al juzgado para reclamar el fallo de la apelación, se encontró con que la jueza (distinta a la que emitió el primero fallo) tampoco fue solidaria con ella. Comprobó entonces que se cumplió aquello de que el juez de segunda instancia casi siempre se apega al fallo en primera instancia, y que las pruebas que había anexado no habían sido tenidas en cuenta, pues no importaban.


De nuevo la decepción se apoderó de ella, no le encontraba sentido a las leyes ni a las normas, que en su caso no protegieron sus derechos. “Lloré mucho, para mí era un caos total”, recuerda.


Lo único que quedaba por hacer del lado del CAL, era que éste le ayudara a contactar a un abogado, pagado por su cuenta, para que continuara con la interposición de una demanda. Pero su desengaño la llevó a desistir y no proseguir con el proceso. Por otra parte, su esposo y familiares le aconsejaron dejar la situación de ese tamaño. “Ahí miramos qué hacemos”, le dijeron.

La evolución del embarazo

Hoy Diana está cerca de dar a luz a su hijo varón, pero la gestación ha sido complicada. Fue diagnosticada con embarazo de alto riesgo, pues presenta diabetes materna, placenta previa y, además, riesgo de parto prematuro. Su salud requiere vigilancia constante y un tratamiento especial, pero lo cual cuenta con el apoyo incondicional de su familia, que le ayuda hasta donde puede.


Su esposo trabaja como vigilante, y con un sueldo mínimo deben arreglárselas para cubrir todos los gastos, por lo que su mamá, que es la dueña de la casa donde ella vive con su esposo, decidió no cobrarle el arriendo, bajo el entendido de que sus gatos aumentarán aún más cuando nazca el bebé.


Aunque no justifica la discriminación de que fue objeto, Diana agradece que ahora disponga de todo su tiempo para cuidar de su salud y del “regalo más grande que la vida le ha dado: Isaac, que es el nombre que tendrá su bebé. Y en cuanto al Programa Medellín Solidaria, no siente rencor, como tampoco hacia ninguno de sus compañeros. Dice quererlo y respaldarlo, pues lo considera valioso.

Afortunadamente Diana es una mujer inquieta y “echada pa´delante”, por lo que ha logrado conseguir algunos trabajos por horas, que le han permitido cubrir parte de sus gastos. Pero sabe que las comodidades que le podrá dar a su hijo cuando nazca, no se comparan con las que podría haberle dado con su anterior empleo.


La opinión del CAL

Este caso de Diana pone de presente la desalentadora dicotomía entre el “ser” y el “deber ser”, que en el ámbito judicial genera situaciones desiguales que, por su propia naturaleza, desdibujan el papel del juez constitucional en el Estado Social de Derecho.


Llama la atención el argumento judicial aplicado en primera instancia para denegar el amparo constitucional (la falta de notificación del estado de embarazo al empleador), pues este requisito desapareció de la jurisprudencia desde hace varios años. Hoy lo único que importa para que se origine la protección a la mujer embarazada es que el embarazo se produzca en vigencia de la relación laboral, con independencia del conocimiento que de tal situación tenga el empleador. Así lo ha manifestado la Corte Constitucional en sentencias como la T– 095 de 2008 antes mencionada, y lo ha reiterado en sentencias como la T– 069 de 2010.


A la trabajadora en embarazo le basta con demostrar que estaba embarazada antes del despido o la terminación del contrato, sin que en ningún momento tenga que probar que notificó de tal hecho al empleador, como equivocadamente lo entendieron las juezas del caso en primera y segunda instancia.

Desconocer esta situación no solo implica ignorar la protección especial contenida en el artículo 53 de la Constitución Política, sino también el derecho fundamental a la igualdad, pues ante la ausencia de una notificación del embarazo al empleador, se podrían estar ratificando conductas que discriminan a la mujer por su estado de gravidez. Téngase en cuenta que el principio de solidaridad, establecido como valor fundante del Estado, obliga a los empleadores a asumir posturas que contribuyan a la materialización de tal protección, e insta a las autoridades públicas –los jueces de la república, entre otras– a tomar las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de la misma.


Diana tiene el derecho fundamental a ser trabajadora siendo madre. Desafortunadamente ella no halló en la jurisdicción constitucional el amparo que esperaba, pero su caso aún puede encontrar una solución satisfactoria en la justicia laboral ordinaria, ya que la acción de tutela no cierra, en ningún momento, esa posibilidad legal.

URUGUAY: LIDER EN PROTECCION DE LAS TRABAJADORAS DOMESTICAS

URUGUAY: LIDER EN PROTECCION DE LAS TRABAJADORAS DOMESTICAS

Uruguay, fue uno de los primeros paises que ratificaron el Convenio Internacional sobre el Trabajo Domestico